Nombre: LEY 6/2025 DE 10 DE DICIEMBRE DE ORDERNACIÓN SOSTENIBLE DEL USO TURÍSTICO DE VIVIENDAS EN CANARIAS
Lugar:
Fecha inicio: 18/03/2026
Fecha de finalización: 18/03/2026
Área formativa: Urbanismo y medio ambiente
Modalidad: Presencial en línea
Horario: De 9.00 a 11.00 horas
Número de plazas: 120
Horas: 2
PROGRAMACIÓN:
DESTINATARIOS:
Las mismas van destinadas a Secretarios, Técnicos Jurídicos, Arquitectos Urbanismo y de Actividades de las Oficinas Técnicas Municipales a la vista de la complejidad técnica y práctica de la misma. Personal funcionario de los subgrupos A y B y personal laboral, equivalente, Jefaturas de Servicio, de Sección y Técnicos Gestores de políticas y Servicios Públicos, así como a todo el personal de las Entidades Locales interesadas en la materia a desarrollar.
METODOLOGÍA:
La impartición se realizará en la modalidad presencial en línea (webinar) durante 1 sesión de 2 horas de 9.00 a 11.00 horas.
PROGRAMA DE CONTENIDOS:
1.- Antecedentes normativos: Decreto 113/2015 de viviendas vacacionales que sigue vigente.
2.- Ley 6/2025, de 10 de diciembre, de Ordenación Sostenible del uso turís-tico de viviendas (LOSUTVCAN):
2.1. Objeto y Ámbito de aplicación: islas turísticas, islas verdes y municipios RD.
2.2.- El procedimiento de “habilitación de uso turístico” para las viviendas nuevas a partir de la entrada en vigor de la misma (art. 4)
2.3.- La vivienda de uso turístico como actividad clasificada y la interpretación del artículo 6.
2.4.- La declaración responsable y su documentación y procedimiento para las viviendas nuevas a partir de la entrada en vigor de la misma (arts. 7-9)
2.5. Obligaciones inmediatas durante el 2026 para Comunidad Autónoma, Cabildos y Ayuntamientos (Disposiciones Adicionales)
2.6.- Disposiciones transitorias aplicables a las viviendas vacacionales existentes y el procedimiento especial de “consolidación del uso turístico”.
3.- Debate y preguntas.
DOCENTE:
D. Octavio Manuel Fernández Hernández, Funcionario de Administración local con habilitación nacional de categoría primera. Secretario de Administración local, Secretario-Interventor y Técnico de Administración local y Secretario del Ayuntamiento de Candelaria.
INSCRIPCIONES Y ADMISIONES:
Observaciones:
¡¡ IMPORTANTE !!
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